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Absolutismo



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destinación de los elegidos, rechazaba los sacramentos tal como los entendía el catolicismo y
esbozaba un nuevo esquema de organización para la nueva forma del cristianismo. Con esta
obra, traducida al francés en 1541, Calvino se convirtió en uno de los principales teólogos pro-
testantes.
Todavía en 1536, tras un breve viaje a Italia - donde mostró su talento político para atraer el
apoyo  de los poderosos hacia el protestantismo -, al pasar por Ginebra fue invitado a perma-
necer en ella. Calvino permaneció allí dos años, pero elaboró un código litúrgico y moral tan se-
vero que fue expulsado por el consejo ginebrino.
Desde 1538 hasta 1541 residió en Estrsburgo, donde creó una nueva liturgia y asentó
nuevas instituciones parroquiales, al tiempo que dirigía personalmente una congregación. Co-
noció a importantes teólogos luteranos como Melanchton y Martín Lutero.
No menos hostil que Lutero respecto a los “fantásticos” que pretenden liberar al cristiano
del orden político tradicional, Calvino tiene el mérito de oponerles una construcción más racional
y, por ello, más universalmente eficaz que la Obrigkeitstaat luterana.
Durante los años siguientes, tras eliminar a todos sus opositores - sin dudar en ejecutarlos
cuando lo considera preciso -.
A partir de 1550 se dedicó sobre todo a apoyar a otros grupos protestantes afines a sus
tesis y a proporcionar coherencia a su doctrina.
Juan Calvino murió en Ginebra el 27 de mayo de 1564, lo que no impidió la continua ex-
pansión de las iglesias reformadas.
 
  
Bodin, Jean
Nace en Angers en 1530. Su vida está cargada de extraños matices. En un siglo en el que
la posición religiosa tiene implicancias políticas, no resulta nítida su militancia confesional. Algu-
nos le atribuyen ascendencia israelita. Habría profesado como carmelita, siendo después exi-
mido de sus votos por haberlos formulado a edad muy temprana. Se cuestionó, también, su ca-
tolicismo, y se le consideró un hugonote
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disimulado. Lo cierto es que Bodin fue un jurista que
integró el núcleo de los políticos, liderados por el Canciller Michel L´ Hopital. Ante las sangrien-
tas guerras de religión, que amenazaban con destruir el reino de Francia, este grupo auspició
una política de tolerancia procurando afirmar la autoridad real por encima de las discrepancias
confesionales.
La filosofía política de Bodin -afirma George H. Sabine- es una mezcla singular de cosas
viejas y nuevas... una amalgama de superstición, racionalismo, misticismo, utilitarismo y tra-
dicionalismo. Para Marcel Prelot, empero, es un autor original. Considera que es difícil situarlo
                                                                
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Hugonote: se aplica a los que en Francia seguían las doctrinas de Calvino.
porque no siendo maquiavélico, aristotélico, tomista o utópico, sus teorías tienen, sin embargo,
un poco de estas corrientes de pensamiento.
Hobbes, Thomas
Jean Bodin es la gran figura del absolutismo en el siglo XVI. En el siglo XVII es Thomas
Hobbes quien lleva dicha corriente de pensamiento hasta sus últimas consecuencias.
La defensa realizada por Thomas Hobbers de la monarquía
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autoritaria en su célebre Le-
viathan basada en sus concepciones acerca de la naturaleza humana que hicieron de él el pri-
mer gran empirista
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británico.
Hobbes nació en Westport (actual Malmesbury), Wilshire, Inglaterra, el 5 de abril de 1588.
Era hijo de un vicario y, tras estudiar en Oxford, fue designado preceptor del hijo de Lord Cave-
nedish, segundo conde de Devonshire, a quien acompañó en su viaje por Francia e Italia. Pos-
teriormente, siempre como tutor, pasó largas temporadas en Europa continental y conoció per-
sonalmente a Galileo, que ejercería gran influencia en su obra. En 1629 vuelve a París donde
estudia las ciencias de la naturaleza y las matemáticas. Hacia 1637, encontrándose ya en Ingla-
terra concibe la idea de exponer sus doctrinas a través de un triple tratado que sintetice sus teo-
rías filosóficas y políticas. Hobbes redactó The Elements of Law, Natural and Politic (Elemen-
tos de la ley natural y política), obra que circulaba ya en manuscrito en 1640. En ella postulaba
una filosofía natural basada en un materialismo mecanicista, según el cual los únicos objetos de
la filosofía, que ha de seguir el método geométrico, son la materia y el movimiento, cuyas com-
binaciones matemáticas originan todas las cosas. La conciencia no sería sino el movimiento
nervioso, y la política el estudio de los contactos entre los cuerpos nerviosos, es decir, los hom-
bres. Sobre estas bases sentaría su defensa el absolutismo monárquico.
Por lo que respecta a la teología, Hobbes la excluía del campo de la filosofía, pues aun
cuando consideraba que las leyes naturales respondían a los mandatos divinos, nada era posi-
ble conocer racionalmente acerca de Dios.
La vida de Hobbes fue sacudida por los acontecimientos políticos ocurridos en Inglaterra a
lo largo del siglo XVII. Partidario de los Estuardo, se refugia en Francia cuando en 1640 Carlos I
convoca el Parlamento Largo. En 1650 se publican dos fragmentos de su autoría
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bajo los títu-
los Human Nature y De Corpore Político. Su obra más conocida, Leviathan, or the Matter,
Form and Power of a Commonwealth, Ecclesiastical and Civil (1651; Leviatán, o la materia, la
                                                                
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Monarquía: estado regido por un monarca. Régimen político en el que el poder es ejercido por un monarca con carácter
vitalicio. Tiempo durante el cual un país se gobierna por ese régimen político.
Monarquía absoluta: aquella que el monarca ejerce su poder sin rendir cuenta de sus actos a nadie.
Monarquía constitucional: aquella en que existe una constitución a la que se ajusta el monarca, y que limita su autoridad.
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Empirismo: doctrina filosófica según la cual el conocimiento se halla fundado en la experiencia. Método o pocedimiento
científico en que, a partir de la observación, se establece una teoría que después se comprueba experimentalmente.
forma y el poder de un estado eclesiástico y civil). Sus ideas disgustaron a los partidarios de la
corriente absolutista de derecho divino. Según Hobbes, la primera ley natural del hombre es la
auto conservación, que lo induce a imponerse sobre los demás: “El hombre es un lobo para el
hombre”. Para construir una sociedad, todo ser humano ha de renunciar a parte de sus deseos
y establecer un “contrato social”, cuyo garante es la soberanía. Para que ésta sea efectiva ha de
recaer en una sola persona, y de ahí la conveniencia de la monarquía absoluta. Es de hacer
notar, de cualquier forma, que, a diferencia de autores anteriores, para Hobbes la soberanía del
rey no residía en el derecho divino, sino en el mantenimiento del contrato que le había dado tal
soberanía.
En 1651 Hobbes regresó a Inglaterra y publicó De corpore (1655) y De homine (1658),
que ampliaban sus teorías físicas y psicológicas, Tras la restauración de 1660 gozó del favor
real, pero ante las acusaciones de ateísmo lanzadas sobre él por los estamentos eclesiásticos
prefirió no intervenir en la vida pública.
En Hobbes prevalece un absolutismo diferente. Jacques Chevalier señala que se obra
inspira en concepciones mecanicistas y en ideas sensualistas, materialistas y utilitaristas. Ello
motivó que en los últimos años de su vida, a partir de la restauración de los Estuardo, se viera
envuelto en interminables polémicas, especialmente con el Canciller Hyde, conde de Clarendon,
y con los obispos anglicanos, que lo acusaban de ateísmo, herejía
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y blasfemia
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.
Thomas Hobbes murió a los 91 años en Hardwich Hall, Derbyshire, el 4 de diciembre de
1679. Su influencia sobre el empirismo fue grande y, curiosamente, sus tesis sobre el contrato
social serían reinterpretadas por pensadores como Jean-Jacques Rousseau para desacreditar
las concepciones monárquicas que el pensador británico quiso defender.
Bossuet
Nace Jacques-Bénigne Bossuet en Dijón, el 27 de septiembre de 1627. Canónigo
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de
Metz, Obispo de Condon y después de Meaux, preceptor de Delfín, célebre orador y apologista,
Bosseut es una de las figuras más importantes del largo reinado de Luis XIV. Polemiza con pro-
testantes, jansenistas
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y quietistas
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. Se inclina en la polémica entre el Rey de Francia y el pa-
pa Inocencio XI hacia el galicanismo
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Autoría: condición de autor.
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Herejía: doctrina contraria a los dogmas de la Iglesia católica.
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Blasfemia: expresión injuriosa contra Dios o las cosas sagradas.
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Canónigo: clérigo que tiene un cargo y disfruta una prebenda* en una iglesia catedral.
*Prebenda: renta aneja a un canonicato u otro oficio eclesiástico. Cualquiera de los beneficios eclesiásticos superiores de las
iglesias catedrales y colegiatas. Empleo o cargo lucrativo y de poco trabajo.
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Jansenismo: doctrina herética, fundada por el obispo holandés Cornelio Jansen (1585-1638) en el siglo XVII, que exagera las
ideas de San Agustín acerca de la influencia de la gracia divina para la salvación, reduciendo el papel del libre albedrío y
afirmando que pocos son los que se salvan; propugna una moral rigurosa.
Bossuet, además, sostiene la heterodoxa teoría según la cual el concilio general tiene suprema-
cía con relación al Papa. En la referida Declaración se sostiene que “la Santa Sede Apostólica
debe respetar las reglas, las costumbres y las constituciones concedidas al reino y a la Iglesia
galicana” (francesa).
A diferencia de Hobbes, su punto de partida es aristotélico. En el Libro Primero de La Po-
lítica sostiene como el estagirita que el hombre está hecho para vivir en sociedad. Su punto de
llegada, empero, será absolutista, como el del autor del Leviathan. Pero el absolutismo del pre-
ceptor del Delfín presenta características distintas.
Aun cuando teóricamente considera aceptables todas las formas de gobierno estableci-
das, se inclina Bossuet claramente por la monarquía. Para él la monarquía es sagrada. Bossuet
afirma enfáticamente que la monarquía es absoluta. Frente al Rey, aunque sea un gobernante
injusto o pagano
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, los súbditos deben obedecer. No hay en Bossuet lugar para la jus resistendi
de los escolásticos. Sólo podría desobedecerse al Príncipe cuando este ordenara algo contra
Dios.
A pesar de su absolutismo, Bossuet no auspicia en modo alguno el ejercicio de un gobier-
no arbitrario. El príncipe debe sujetarse a los mandatos de la justicia, la equidad y el derecho
natural. Pero esta sumisión a tales ordenamientos heterónomos no supone que quede sujeto a
ninguna potestad humana.
Bossuet propone una monarquía paternal cuyo titular actúe limitado y condicionado por el
único “contrapeso verdadero del poder”: el temor de Dios
Para Bossuet como para Hobbes -comenta Jean Touchard-. La última palabra de la políti-
ca es la sumisión al poder; pero llegan a esta conclusión común por caminos opuestos: indivi-
dualismo laico y utilitarismo en Hobbes, respeto por la tradición y abandono a la Providencia en
Bossuet. El absolutismo de Hobbes y el de Bossuet son, por consiguiente, diferentes.  
Bossuet piensa en un rey absoluto, pero embebido del espíritu cristiano de justicia y de
rectitud. Lo equivocado radica en suponer que el monarca absoluto es el que mejor puede
llevar a cabo un gobierno justo”.
EL ESTADO
Para referirse al Estado Bodin utiliza el vocablo República. La define como recto gobie®no
de varias familias y de lo que les  es común, con potestad soberana.
                                                                                                                                                                                                                              
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Quietismo: doctrina mística heterodoxa, según la cual la perfección del alma consiste en el anonadamiento de la voluntad
para unirse con Dios, en la contemplación pasiva y en la indiferencia absoluta.
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Galicanismo: doctrina política y religiosa iniciada en Francia, que postula la disminución del poder del papa y la subordina-
ción de la Iglesia al Estado.
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Pagano, na: se aplica a las religiones anteriores al cristianismo, excepto la judía, y a los pueblos o personas que las profesa-
ban. 
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