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FRANCHISING - FRANQUICIA



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EL CONTRATO DE FRANCHISING (FRANQUICIA)
SISTEMAS DE COMERCIALIZACIÓN EN LA ORGANIZACIÓN DE MERCADO
ACTUAL
En las modernas formas de Comercialización, las bases de toda organización
comercial se han visto sensiblemente alteradas con el objeto de roformularlas y
repotenciarlas, alcanzando niveles de excelencia casi exacerbados lo que ha
ocasionado obligatoriamente una reformulación en el aspecto jurídico de la cuestión.-
En este orden han aparecido modalidades contractuales en las que una de las partes
fija condiciones, como forma de asegurar la calidad del producto y la atención en
cualquier lugar, asegurando la notoriedad y popularidad de su marca; dejando en claro
que en este caso y como pasa con las restantes modalidades, son modelos
construidos por la realidad, por la costumbre comercial, al margen del derecho,
desarrollándose paralela e independientemente y a los que se les aplica
analógicamente las instituciones y/ o normas ya reguladas en nuestro derecho. El
rasgo característico de todas ellas es el de cumplir con una función económica de
integración de empresas en formas de comercialización en un mundo globalizado que
se guía muchas veces por la apariencia.-
En la modalidad que nos ocuparemos en particular, podríamos afirmar que es una
actuación independiente dentro de una integración empresaria, en donde mediante un
acuerdo de partes en donde una de ellas poseedora de un determinado producto,
sistema de comercialización y o de producción, hace un licenciamiento a favor de la
otra, para que esta lo produzca, comercialice y utilice la marca del mismo siguiendo
las mismas pautas de la primera.-
ORIGEN Y ANTECEDENTES HISTORICOS
Originariamente, la palabra franquicia, es sinónimo de privilegio. En la Edad Media, en
Europa, existian las denominadas Ciudades con Cartas Francas, garantizaban ciertos
privilegios a las ciudades y/o ciudadanos y también surge en virtud de la concesión
hecha por la Iglesia Católica, a ciertos señores de tierras para que actuaran en su
nombre recolectando los impuestos para la misma. Este Contrato surge, como
Franquicia comercial, en los Estados Unidos de Norteamérica, en el año 1850
  
aproximadamente, cuando la compañía SINGER & CO o Singer Sewing Machine
Company , crea una novedosa forma de distribución y venta, que continua hasta
nuestros días, para sus maquinas de coser, producto base de dicha empresa. No
demos olvidar a la empresa GENERAL MOTORS, que a partir de 1898, adopta el
franchising como estrategia de expansión para su red de distribuidores. Otros,
manifiestan que históricamente, fue en la década del treinta que HOWWARD
JOHNSON establece la primera franquicia con una cadena de mas o menos 25
franquiciados y luego a partir de la década del cincuenta aparecen las grandes
franquicias.-
Es importante recalcar que la legislación específica sobre la materia surge recién en la
década del setenta en California.-
En América Latina, se ha receptado bajo diversas denominaciones, sin que se hayan
concretado norma específica alguna. En Centroamérica particularmente se ha
legislado sobre el distribuidor en forma tan genérica que el contrato de franquicia
puede considerarse alcanzado por sus disposiciones, ej. Guatemala ley 78/71,
Honduras ley 50, Costa Rica, ap. 21 Cod. De Comercio, etc; En nuestro pais, ya es
una realidad, en virtud de la invasión progresiva de las cadenas de comercialización
de comidas rápidas o FAST FOOD.-
TERMINOLOGIA
En el ámbito internacional, este modelo de contratación es conocido por su nombre o
designación dada en su país de origen, Estados Unidos de América, mientras que en
el mundo de habla hispana traducido a idioma castellano es "FRANQUICIA", pero
lamentablemente, el significado idiomático de esta palabra no expresa el concepto y el
contenido del " Contrato de Franchising", en su totalidad. Pero a nuestro humilde
entender, siguiendo a MARTORELL se lo debe denominar "FRANQUICIA
COMERCIAL", ya que, es la terminología utilizada en los proyectos de legislación
española .-
CONCEPTO
A nível doctrinario, no existe un consenso sobre su conceptualización, siendo en
aproximación un contrato por el cual, un comerciante (franquiciante), otorga a otro
  
(franquiciado), la licencia, para que venda productos o servicios de su titularidad.
Generalmente, se paga un canon por este privilegio, mas una regalía (royalti) sobre
grandes ventas.- Para otros, es un sistema de distribución comercial llevado a cabo
por empresas independientes y con una organización piramidal basada en una
relación contractual , la que engloba, la transmisión de un know how, la licencia y usos
de una marca, asistencia técnica y contable bajo control de otorgante y de
conformidad con un método preestablecido por él, en contraprestación de lo cual se
paga un canon y otras prestaciones adicionales.- Otros entienden, que este contrato,
es una forma de la Concesión (Guyenot), postura a la que se adhiere el Dr. Jose
Ignacio Romero para la comercialización de un producto , siendo un contrato en virtud
del cual, un comerciante otorga la concesión para la comercialización de un producto
determinado, pero además, con el aditamento de la transferencia de los signos
distintivos, las técnicas de comercialización y el savoir faire comercial, asegurando,
una forma de explotación rentable ya probada.-
NATURALEZA JURIDICA
La doctrina mas autorizada califica al FRANCHISING, como un contrato de
colaboración empresaria, que implica básicamente, un modelo de colaboración entre
distintas empresas independientes, a los fines de que por medio de la acción común
de las mismas, se logre, el desarrollo de los negocios en forma más eficaz. Pero si
bien debería existir un equilibrio de poder, en realidad es el franquiciante quien somete
al franquiciado y pone a disposición del mismo dos elementos: el primero, es una
técnica empresarial para asegurar el éxito de la franquicia y en segundo lugar,
producto, marca en el mercado que gozan de una fama y buen nombre en el mercado.
Siendo uniforme tales elementos para todos los franquiciados que integran la red del
franquiciante, creando así una imagen de distribución.-
Para otros autores, el franchising contiene todas las características del contrato de
concesión manifestando que son de aplicación las normas reguladoras de la misma y
agregando las normas relativas a la transferencia de marcas, designaciones
comerciales y tecnología.-
Desde el punto de vista del Código Civil, opinan los autores, que se trata de un
contrato atípico, innominado, conmutativo, no formal, bilateral, oneroso de ejecución
continuada, siéndole de aplicación, los principios generales de los contratos, la
  
autonomía de la voluntad y los principios de orden público y buena fe en su
celebración y ejecución.-
RAZONES DE SU APLICACION Y ÉXITO
La razón fundamental del éxito del contrato de franquicia es que resulta el vinculo
ideal entre los grandes capitales y las pequeñas y medianas empresas, además de
ser estrategia de diversificación y marketing extraordinaria, como sistema de
comercialización de un producto o servicio; Ya que permite por un lado la expansión
geográfica y la conquista de mercados desconocidos, ocupar zonas, controlar la
distribución de los productos en dichas zonas y por sobre todo valorizar la marca. Un
ejemplo de esto es la red multinacional de franquicias COCA-COLA, la que se
expandió por diferentes países del mundo con un éxito sin precedentes, tampoco hay
que olvidar cadenas como MC’DONALDS que se encuentran en casi todos los paises
del mundo utilizando este sistema de distribución y venta, agregando cada vez un
mayor valor a la marca en cuestión.-
EL CONTRATO DE FRANQUICIA PROPIAMENTE DICHO.-
CLASES
Existen en la Practica distintos tipos de contratos de Franquicia:
1.
Franquicia de Servicio: Simplemente se suministra un servicio, como técnica
determinada, ej. Asesoramiento inmobiliario, enseñanza, hotelería, etc.-
2.
Franquicia de Distribución: Se fija en este caso al franquiciado, los productos
que tiene que vender con la aportación de la marca, ej. Productos
alimenticios, textiles, etc.-
Dichas clases estan contenidas en dos grandes categorías clasificadas como:
DE PRODUCTO Y MARCA REGISTRADA (de venta): Cuando únicamente se
limita a la distribución y venta de productos con marca registrada.-
NEGOCIO LLAVE EN MANO O PAQUETE: Cuando la franquicia consiste en
la habilitación de una unidad completa de comercialización y explotación.-
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