En algunas partes del mundo se han dado pasos para hacer las ejecuciones más públicas. Es una
tendencia preocupante: indica que algunos gobiernos están perdiendo el sentido de la vergüenza
respecto a lo que están haciendo y que en algunos países la gente se está acostumbrando a la
brutalidad y a la muerte.
Los organismos internacionales han condenado las ejecuciones públicas. En 1996 el Comité de
Derechos Humanos de las Naciones Unidas (onu) afirmó que las ejecuciones públicas son
incompatibles con la dignidad humana. Y sin embargo en diversas partes del mundo los gobiernos
permiten, incluso invitan, al público a presenciar las ejecuciones. En Arabia Saudí las ejecuciones
suelen llevarse a cabo en público. En el caso de los trabajadores migratorios, los familiares a veces ni
siquiera saben que se está llevando a cabo una ejecución, y sin embargo el público está ahí para
presenciar los últimos momentos de la vida de sus seres queridos. En otros lugares las ejecuciones
públicas son un fenómeno reciente. En Ruanda, por ejemplo, 21 hombres y una mujer fueron ejecutados
por un pelotón de fusilamiento el 24 de abril de 1998 por participar en el genocidio de 1994. Las
ejecuciones se llevaron a cabo ante grandes multitudes que incluían decenas de niños.
Una ejecución pública en Tabarjah, Líbano, mayo de 1998. © Ahmed Azakir/ap
Una justicia injusta.
La pena de muerte es siempre un método injusto de hacer justicia. Se aplica de forma parcial: las celdas
del pabellón de la muerte están llenas de personas procedentes de ambientes de marginación y
minorías étnicas, los que tienen menos medios para defenderse en los tribunales. Raras veces se
encuentran millonarios entre esas personas. La pena de muerte se aplica de forma arbitraria,
dependiendo de factores tan aleatorios como la capacidad de los abogados, las negociaciones de
sentencia o los indultos concedidos para celebrar los cumpleaños de los gobernantes. Que alguien viva
o muera puede ser una lotería.
Y la pena de muerte siempre conlleva el riesgo de acabar con la vida de personas totalmente inocentes,
bien porque se use como instrumento para hacer callar para siempre a los opositores del gobierno, bien
por errores judiciales inevitables.
La campaña de Amnistía Internacional contra las violaciones de derechos humanos en Estados Unidos,
iniciada en 1998, destacaba la forma en que la raza continúa desempeñando un importante papel en la
aplicación de la pena de muerte en el país. La raza de la víctima y la del acusado parecen tener una
importancia significativa a la hora de determinar si una persona es o no condenada a muerte. El número
de blancos y negros que son asesinados en Estados Unidos es equiparable, y sin embargo el 82 por
ciento de los presos ejecutados desde 1977 fueron declarados culpables del asesinato de una persona
blanca. Los negros representan sólo el 12 por ciento de la población total del país, pero el 42 por ciento
de los condenados a muerte son de raza negra. Estudios realizados en todo el ámbito nacional
coinciden en que otros factores, como la gravedad del crimen y el origen social del acusado, no pueden
explicar esas disparidades.
En países en los que la pena de muerte se impone obligatoriamente para el delito de asesinato, como
Trinidad y Tobago, los tribunales no pueden tener en cuenta ningún factor atenuante, como por ejemplo
la discriminación y la violencia que sufren las mujeres. En septiembre de 1998, el Relator Especial de la
onu sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias hizo un llamamiento a Trinidad y Tobago
para que no ejecutase a Indravani Pamela Ramjattan, condenada a muerte por el asesinato en 1995 del
hombre que convivía con ella y que la maltrataba. Había sufrido sus malos tratos durante años. Días
antes del asesinato se escapó. Su compañero la localizó y la llevó de vuelta a casa. Al parecer, durante
días estuvo golpeándola brutalmente con furia y la amenazó repetidas veces con matarla. Indravani
Pamela Ramjattan fue condenada a muerte junto con dos hombres que acudieron en su ayuda. El
Relator Especial expresó su preocupación por el hecho de que la violencia extrema y los malos tratos
sufridos por Indravani Pamela Ramjattan --golpes, amenazas de muerte y repetidas violaciones-- no
hubiesen sido consideradas circunstancias atenuantes por las autoridades que investigaron el caso ni
por los tribunales. También afirmó que la pena de muerte era un castigo demasiado duro para los delitos
cometidos en ese tipo de circunstancias. Al final del año Indravani Pamela Ramjattan seguía en prisión
condenada a muerte.
Muchos gobiernos siguen usando la pena de muerte para aterrorizar a sus opositores. En 1998, tres
años después de la ejecución en Nigeria de Ken Saro-Wiwa y otros ocho ogonis por motivos políticos,
que provocó una condena generalizada, aún había personas que tenían que enfrentarse a juicios
políticos por delitos punibles con la muerte. En abril, el general Oladipo Diya, en aquel momento
«número dos del régimen», y otros cuatro hombres fueron condenados a muerte tras juicios claramente
injustos. Las condenas fueron conmutadas más tarde ese mismo año después de morir el jefe del
Estado.
En Irán, Ruhollah Rawhani, miembro de la minoría religiosa bahai, fue ejecutado en julio de 1998. Había
sido detenido junto con otros dos hombres y declarado culpable de participar en la conversión de una
mujer musulmana a la fe bahai, incluso a pesar de haber afirmado ella que había sido educada como
una bahai por sus padres. Los otros dos hombres --Sirus Dhabihi Muqaddam y Hedayatollah Kashifi
Najafabadi--, juzgados en el mismo juicio, seguían en peligro de ejecución al terminar 1998.
Todos los años familiares y amigos de condenados a muerte llevan a cabo incansables campañas para
exponer errores de la justicia. Algunas de ellas consiguen resultados satisfactorios cuando ya es
demasiado tarde para salvar la vida del ser querido.
Comparto plenamente el sentimiento de las familias de las víctimas de asesinatos y otros crímenes,
pero no acepto que una muerte justifique otra.
Mary Robinson, ONU. Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, tras la ejecución de
Karla Faye Tucker en Estados Unidos, febrero de 1998.
En el Reino Unido hubo que esperar a 1998 para que los tribunales anulasen dos sentencias
condenatorias que habían dado lugar a ejecuciones en los años cincuenta, antes de la abolición de la
pena de muerte.
En febrero, el Tribunal de Apelaciones de Londres anuló la sentencia condenatoria dictada contra
Mahmood Hussein Mattan, marinero somalí ahorcado por asesinato en Cardiff, Gales, 46 años antes. El
juez de apelaciones del caso, lord G. H. Rose, dijo al emitir su fallo que la pena capital no era una
«culminación prudente para un sistema de justicia penal que es humano y por tanto susceptible de
cometer errores».
Durante más de cuarenta años, la familia de Derek Bentley, epiléptico, de 19 años, pero con una edad
mental de 11, luchó para demostrar que era inocente del delito por el que le habían ahorcado en 1952.
La campaña, que sufrió numerosas derrotas y humillaciones en los tribunales, fue liderada por la
hermana de Derek Bentley, Iris, que murió en 1997 pidiendo todavía justicia para su familia, que había
quedado destrozada por la ejecución.
Cuando la sentencia condenatoria de Derek Bentley fue finalmente anulada en julio de 1998, el único
miembro superviviente de su familia era su sobrina.
Maria Bentley-Dingwall, sobrina de Derek Bentley (fotografía superior. © Rex), celebra a la puerta del
tribunal de Londres, Reino Unido, la anulación de la sentencia condenatoria de su tío, 46 años después
de su ejecución.© Russell Boyce/Reuters
Este tipo de casos ponen de manifiesto el defecto esencial de la pena de muerte: su carácter
irrevocable. Los errores no pueden rectificarse, la muerte es irreversible. Pero los errores son inevitables
en todos los sistemas de justicia, no importa lo escrupuloso que sea el proceso ni lo honrados que sean
los participantes.
Otro problema es que en todo el mundo no sólo se cometen errores involuntarios o hay unos cuantos
funcionarios corruptos que pervierten el curso de la justicia.
A menudo, las normas internacionales creadas para garantizar la celebración de juicios justos se pasan
completamente por alto en los casos de pena capital.
En muchos casos los presos que se enfrentan a posibles condenas de muerte son defendidos por
abogados inexpertos o por abogados designados por motivos políticos por el Estado; algunos ni siquiera
cuentan con un abogado. Puede que los acusados no comprendan los cargos ni las pruebas
presentados en su contra, especialmente si los procedimientos se llevan a cabo en un idioma que
desconocen. En ocasiones se les niega el derecho a apelar ante un tribunal de jurisdicción superior o a
pedir el indulto. Algunos son juzgados por tribunales especiales que no cumplen las garantías básicas.
Como consecuencia de todo ello, todos los años se condena a muerte a muchos presos tras juicios
injustos, algunos de los cuales son una verdadera parodia de la justicia.
Maqsood Ahmed fue ejecutado en febrero de 1998 en Pakistán. Había sido detenido en mayo de 1989 y
condenado a muerte por matar a un hombre durante un atraco. La ejecución se llevó a cabo a pesar de
que otros dos hombres se habían confesado autores del asesinato y de que el superintendente de
policía había afirmado que Maqsood Ahmed se encontraba bajo custodia policial cuando se cometió el
asesinato. Su abogado calificó la ejecución de «asesinato de la justicia».
En octubre de 1998 fueron ejecutados 24 soldados en Sierra Leona, una semana después de ser
declarados culpables de delitos relacionados con un golpe militar que tuvo lugar en mayo de 1997. Los
soldados fueron juzgados por un tribunal militar y no tuvieron derecho de apelar contra su declaración de
culpabilidad y su condena ante una jurisdicción superior.
9. Reducción del ámbito de aplicación de la pena de muerte.
Afortunadamente el mundo cada vez rechaza más la legitimidad de la pena de muerte. Un indicio de ello
es el consenso cada vez mayor de que la pena de muerte no debe aplicarse a ciertos tipos de personas,
como los menores, los ancianos o los enfermos mentales. Estas excepciones se reconocen incluso en
países en los que la opinión pública y las autoridades están a favor de la pena capital.
La exclusión de los delincuentes que eran menores de 18 años en el momento de cometer el delito está
ahora tan ampliamente aceptada en las leyes y en la práctica que está alcanzando la categoría de
norma del derecho consuetudinario internacional.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 6 [5]) y otros instrumentos importantes de
derechos humanos prohíben condenar a muerte a los menores.
Más recientemente, la misma prohibición se estableció en la Convención de la ONU sobre los Derechos
del Niño, que ha sido ratificada por todos los Estados miembros de la ONU, excepto por Somalia y
Estados Unidos.
Los pocos Estados que ejecutan a menores provocan una condena generalizada.
Desde 1990 Amnistía Internacional ha documentado 18 ejecuciones de menores en todo el mundo,
llevadas a cabo en seis países: Arabia Saudí, Estados Unidos, Irán, Nigeria, Pakistán y Yemen. Nueve
de ellas tuvieron lugar en Estados Unidos, el único país en el que, según la información disponible, se
ejecutó a menores en 1998. Dos de estos casos ponen de relieve la naturaleza, especialmente
preocupante, de las ejecuciones de menores.
Las normas internacionales también estipulan que los enfermos mentales deben ser excluidos de la
pena de muerte. Las Salvaguardias para Garantizar la Protección de los Derechos de los Condenados a
la Pena de Muerte, de la onu, aprobadas en 1984 por el Consejo Económico y Social (ECOSOC),
afirman que no se ejecutará a «personas que hayan perdido la razón».
En 1989 el ECOSOC recomendó que los Estados miembros eliminaran la pena de muerte «en el caso
de personas aquejadas de retraso mental o con capacidad mental sumamente limitada bien fuere en el
momento de imposición de las sentencias o de la ejecución».
Por desgracia, estas exclusiones se pasan por alto en algunos países, incluido Estados Unidos.
«Voy a un lugar mejor. Espero que
la familia de la víctima me
perdone, porque no quería herir ni
matar a nadie.» Robert Carter . ©
AP
«Quiero que la gente sepa que me
he arrepentido de lo que he hecho
y que si pudiera hacer algo,
cualquier cosa, para cambiar lo
sucedido, lo haría... Me siento
muy avergonzado de morir de esta
manera.» Joseph Cannon. ©
Reuters
Detractores de la pena de muerte delante de la embajada de Estados Unidos en Roma, Italia,
protestan contra la ejecución prevista de Joseph Cannon. © Paolo Cocco/Reuters
Joseph John Cannon y Robert Anthony Carter fueron ejecutados en Texas con un intervalo de
veintisiete días por delitos cometidos cuando tenían 17 años. La infancia de ambos estuvo marcada por
serios abusos y enormes privaciones. Los dos sufrían daños cerebrales y limitaciones intelectuales.
Cuando los mataron en 1998, muchos años después de haber cometido sus delitos, se extinguieron las
esperanzas suscitadas por sus esfuerzos de rehabilitación. Joseph Cannon fue conducido a la cámara
de inyección letal el 22 de abril. El primer intento de matarlo falló cuando la aguja «le saltó del brazo» al
empezar a fluir la solución letal. Su madre se desmayó y todas las personas que observaban la
ejecución tuvieron que retirarse hasta que le reinsertaron la aguja. Robert Carter fue ejecutado el 18 de
mayo: el jurado que lo condenó a muerte no sabía que había sufrido malos tratos graves cuando era
niño ni que padecía daño cerebral.
Las normas internacionales han establecido que, en los países en los que aún no ha sido abolida, la
pena de muerte debe usarse sólo para los delitos más graves. Las Salvaguardias del ECOSOC
establecen que el uso de la pena capital «se limitará a los delitos intencionales que tengan
consecuencias fatales u otras consecuencias extremadamente graves». No obstante, en algunos países
hay personas que se enfrentan a posibles condenas de muerte por una amplia gama de delitos que no
suponen ninguna amenaza para la vida, entre ellos delitos contra la propiedad y actividades políticas
pacíficas. En China, por ejemplo, la pena de muerte continúa aplicándose para una amplia variedad de
delitos violentos y no violentos, como el fraude fiscal, la falsificación, la malversación y la corrupción. En
junio de 1998, Luo Feng, directivo de Xiwang Computer Company, de Pekín, fue condenado a muerte
por malversación, por aceptar sobornos y por usar dinero de la empresa «para invertir en bolsa»; la
condena se dictó a pesar de una aparente falta de coherencia de las pruebas.
En Myanmar, seis presos políticos --Ko Thein, Naing Aung, Thant Zaw Swe, Myint Han, Khin Hlaing y
Let Yar Htun-- fueron condenados a muerte en 1998. Dos de ellos son miembros de la Liga Nacional
para la Democracia, organización no violenta liderada por la premio nobel de la Paz Daw Aung San Suu
Kyi. El gobierno militar de Myanmar afirmó que cuatro de los seis presos eran miembros del Frente
Democrático Estudiantil Pan-Birmano, grupo de oposición establecido en el exilio y formado en su mayor
parte por antiguos estudiantes que huyeron de Myanmar después de que los militares reprimieron el
movimiento en favor de la democracia de 1988. Los seis hombres formaban parte de un grupo de 39
personas detenidas en relación con un presunto «complot» antigubernamental. El Frente Democrático
Estudiantil Pan-Birmano afirmó que ninguna de las 39 personas detenidas contó con asistencia letrada
durante el juicio, celebrado ante un tribunal especial dentro de la prisión de Insein.
Pena de muerte racista en los Estados Unidos de Norte America.
En los estados del Sur, la pena capital se legisla, impone y ejecuta en base a un modelo de
discriminación racial típico de la vieja mentalidad de plantación de los días del Viejo Sur.
En la actualidad, la única y cruda realidad es que EEUU representa, tras la República Popular China, el
país que impone a nivel estatal y federal más condenas a muerte en el mundo civilizado. Concretamente
6.324, desde noviembre de 1973 y desde la reinstauración judicial de la pena capital en julio de 1976.
Además, EEUU es la nación con la más numerosa y vasta población de internos residentes en el
corredor de la muerte, 3.679 personas, de las que el 54,2% son minorías raciales. Asimismo, son la
nación que, de nuevo con la excepción de China, cuenta con más ejecuciones que cualquier otro país
en el mundo. Desde el 17 de enero de 1977, fecha en la que Gary Gillmore fue ejecutado por
fusilamiento en Utah y en la que se abrió la espita de las ejecuciones capitales, 628 personas han sido
ejecutadas.
Las ejecuciones siguen en aumento. Mientras en los 16 años de gobierno republicano se ejecutó a 157
personas, los últimos ocho años de gobierno demócrata arrojan un aumento de ejecuciones: 403 desde
1992, y 30 sólo en el 2000.
Todavía existe una vasta población de residentes en el corredor de la muerte donde sus residentes,
como Joaquín José Martínez hasta el pasado día 15 de junio, viven una vida en suspensión animada ,
por cuanto, en realidad, son ya "hombres muertos marchando", según la orden verbal que da el verdugo
de la prisión de San Quintín (California) para introducir al reo en la cápsula verde de la cámara de gas.
Desafortunadamente, J. J. Martínez, a la espera de la revisión de su juicio por asesinato capital con robo
y allanamiento de morada, sea por la vía del error perjudicial en el juicio o por la insuficiencia de
pruebas, se encuentra atrapado en la mortal y enmarañada tela de araña de la pena de muerte del
Estado de Florida que, después de Texas (211) y Virginia (76) representa el tercer Estado de la Nación
por ratio de ejecuciones (46).
Estos tres estados, típicamente sureños, cierran el "ángulo del eterno triángulo de la hipotenusa de la
trampa sin fin de la pena de muerte sureña". Los tres ostentan la marca cruel y desusada de haber
ejecutado a más miembros de minorías raciales que ningún otro Estado de la Unión (55,4% de todos los
negros ejecutados y 85% de todos los latinos ejecutados). En ellos, la pena de muerte se legisla, impone
y ejecuta en base a un modelo de discriminación racial típico de la vieja mentalidad de plantación de los
días del Viejo Sur.
Se demuestra así que la justicia se mide aquí con las viejas varas de medir de los días del añejo Sur:
una vara de medir para los blancos y otra vara de medir para los negros, latinos, nativos americanos,
asiáticos y otras minorías. Una vara de medir para el rico y otra vara de medir para el pobre. En suma,
se trata de dos sistemas de justicia criminal inexplicablemente unidos pero irreconciliables en la unión:
un sistema que hace justicia para el rico y otro sistema que la deniega para el pobre.
Como certeramente advirtió el juez W. O. Douglas en el caso Furman versus Georgia 408, U.S. 238
(1972) : "La pena de muerte se abate sobre los pobres, los ignorantes y los miembros subprivilegiados
de la sociedad (...) mientras la pena capital se utiliza sólo contra los desvalidos y miembros olvidados de
la sociedad los legisladores están contentos con mantener el statu quo. Sólo en una sociedad libre
puede la justicia triunfar en tiempos difíciles. Uno busca en vano en nuestras crónicas la ejecución de
algún miembro de los estratos influyentes de nuestra sociedad pero éstos nunca reciben condenas a
muerte".
Florida nunca ha ejecutado en la silla eléctrica a blancos por la violación o asesinato de víctimas negras.
Los blancos, sean hombres o mujeres, nunca reciben condenas a muerte por el asesinato de negros.
Así se demuestra el valor menor asignado a la vida de negros, latinos, nativos americanos y otras
minorías comparado al valor que se da por la ley y orden y la justicia a la vida humana de las personas
de raza blanca. Las estadísticas demuestran que los negros son de cinco a ocho veces más proclives a
ser condenados a muerte y ejecutados por el asesinato de víctimas blancas, especialmente mujeres,
que por matar a miembros de su raza o de otras minorías. Además, ningún latino ha sido nunca
electrocutado legalmente en Florida ni por violación consumada o intentada ni por asesinato capital de
víctimas de raza blanca desde 1977, salvo el ciudadano español J. J. Martínez (clasificado como latino),
el primer y único varón condenado a muerte en 1997 por el supuesto delito de asesinato capital de dos
víctimas blancas. Desde 1930 hasta la actualidad, ningún blanco hembra o varón ha sido nunca
electrocutado por violación o por el asesinato de una víctima negra en Florida. Por el contrario el 73,3%
de todos los negros ejecutados en Florida lo han sido por el asesinato de víctimas de raza blanca y el
único latino ejecutado lo ha sido por el asesinato de una mujer negra.
Por tanto "no podemos aceptar el argumento de que hay una 14º enmienda de la Constitución para el
Sur y otra diferente y más clemente para el Norte y el Oeste. Nuestra constitución no fue escrita para ser
leída de esa forma y no lo haremos", advirtió el juez Hugo L. Black en el caso Bell v. Maryland (1964) ,
negándose a aceptar la rampante discriminación racial, sexual, xenófoba, socioeconómica o política
persistente siempre en el pathos de la perversión de la complejidad, incertidumbre y subjetividad moral
política y legal en la administración de la pena de muerte en los EEUU.
J. J. Martínez ha recibido la pena del torpe . Sus derechos fundamentales que no han quedado ciegos
en su juicio le han sido dejado bizcos. Si hubiera sido un ciudadano americano y hubiese cometido un
asesinato capital en España contra un compatriota, el vigente Tratado de Extradición entre España y los
EEUU le hubiese impedido la imposición de la pena de muerte e incluso la de prisión perpetua. Por ello,
una vez más, se demuestra que la pena de muerte es un problema moral y legalmente intratable,
irracional, inconstitucional y una flagrante violación del sagrado derecho humano a la vida y de la
cláusula que prohíbe la inflicción de penas crueles y desusadas. Nunca jamás la abolición de la pena de
muerte debe inspirar temor a que se haga demasiada justicia.
Pedro L. Yáñez -Profesor de Derecho en la Universidad de Columbia (EEUU). Colaborador en la
defensa de J. J. Martínez. - EL PERIODICO 25-06-00.
La pena capital en los Estados Unidos de Norteamérica.
Los Derechos De Los Extranjeros Ante La Pena De Muerte