En Estados Unidos hay condenados a muerte más de 70 ciudadanos extranjeros pertenecientes a 22
nacionalidades diferentes. Prácticamente en todos los casos de estos extranjeros, las autoridades que
efectuaron la detención no informaron a los detenidos de su derecho a ponerse en contacto con los
representantes de su consulado.
A consecuencia de esta práctica indebida, los ciudadanos extranjeros, enfrentados a un sistema judicial
con el que no están familiarizados, han sido juzgados y condenados a muerte sin poder beneficiarse del
apoyo crucial de las autoridades de sus países nativos. Desde 1993, en Estados Unidos se ha ejecutado
al menos a siete ciudadanos extranjeros, entre ellos ciudadanos de la República Dominicana, México y
Cuba.
Alemanes
En Arizona fueron ejecutados dos ciudadanos alemanes, Karl LaGrand y Walter LaGrand el 24 de
febrero y el 3 de marzo de 1999, a pesar de los llamamientos de Amnistía Internacional, el Canciller
alemán, Gerhard Schoreder y el Tribunal Internacional de Justicia para que se procediese sin dilación a
rever sus casos.
Como en el caso de Joaquín José Martínez, al gobierno alemán le preocupaba el hecho de que a Walter
LaGrand se le habían negado los derechos que le otorga la Convención de Viena.
Canadienses
También a finales del año pasado, Amnistía Internacional pidió a las autoridades de Texas y a la
Secretaria de Estado, Madeleine Albright, que otorgara una audiencia de determinación de indulto a
Joseph Stanley Faulder, ciudadano canadiense cuya ejecución estaba prevista para el 10 de diciembre
de 1998. La ejecución de Faulder, a quien no se había informado de su derecho a consultar al
consulado canadiense, fue aplazada cuando las autoridades acordaron volver a estudiar varios aspectos
de su caso.
La ejecución de Stanley Faulder se llevó a cabo el 17 de junio de 1999 a pesar de los llamamientos de la
Alta Comisionada de los Derechos Humanos y el Papa Juan Pablo II para que se le perdonara la vida.
El gobernador Bush de Texas, hermano del "otro" gobernador Bush en el estado de Florida y quien
puede decidir finalmente la suerte de Joaquín José Martínez, no intervino haciendo caso omiso de los
numerosos datos inquietantes del caso Faulder.
Por ejemplo el hecho de que las autoridades canadienses podrían haber ayudado a la defensa de
Faulder si hubieran tenido conocimiento de que uno de sus ciudadanos se enfrentaba a cargos tan
graves o que el jurado se basó en el dudoso testimonio de una psiquiatra que desde el juicio ha sido
desacreditado. Elementos de duda y de vulneración de derechos que, con algunas variaciones, se
encuentran también en el caso de Joaquín José Martínez.
Firma de la Convención de Viena
En 1969, Estados Unidos ratificó la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963, un
tratado multilateral que regula las funciones de los consulados en al menos 144 naciones. El artículo 36
b de esta Convención dispone que las autoridades locales informarán sin demora a los ciudadanos
extranjeros detenidos de su derecho a recibir ayuda de su consulado.
A petición del detenido, las autoridades deben notificar al consulado la detención y permitir que algún
miembro del consulado se ponga en contacto con él.
Ese mismo artículo 36 garantiza que todos los extranjeros detenidos deben disponer de todos los
medios posibles para preparar una defensa adecuada y deben recibir el mismo trato ante la ley que los
ciudadanos del país en el que han sido detenidos.
Los cónsules se encuentran en una situación única para proporcionar una amplia gama de servicios
esenciales a los ciudadanos de su país: pueden brindar asesoramiento y asistencia legal, facilitar
traducciones, notificar la detención a los familiares, hacer llegar documentación desde el país de origen
y asistir como observadores a las vistas judiciales.
El derecho a que el consulado sea informado de la detención de uno de sus ciudadanos y tenga acceso
al detenido se reitera también en otras normas internacionales de derechos humanos como el principio
16.2 del Conjunto de Principios de la ONU para la Protección de Todas las Personas Sometidas a
Cualquier Forma de Detención o Prisión o el artículo 38.1 de las Reglas Mínimas para el Tratamiento de
los Reclusos.
La opinión de George W. Bush
George W. Bush no se cortó un pelo en admitir que tendría la misma política inflexible sobre la pena de
muerte a su entrada en la Casa Blanca que tuvo en Texas, donde ha presidido el récord de ejecuciones
de la historia de los EE.UU.
Así escuchamos en invierno del año pasado y antes de ser elegido lo siguiente: "Yo apoyo la pena de
muerte, creo que es una medida que ayuda a salvar vidas".
En los seis años que estuvo al frente de la gobernación de Texas, fueron ejecutadas 152 personas. Sólo
en el 2000, pasaron por las manos del verdugo 40 presos, el último de los cuales fue Claude Howard
Jones, un asesino de 60 años.
La última vez que en los Estados Unidos se había ejecutado tanta gente como en Texas había sido en
1862, cuando la caballería ordenó que se liquidara a 35 indios en Minnesota.
A Bush parece no conmoverle las peticiones nacionales e internacionales contra la ejecución de casos
tan sonados como el de Karla Faye Tucker, conocida como la "asesina del pico", por cuya vida pidieron
hasta grupos ultraconservadores del partido Republicano, como la iglesia de Pat Roberson. Fue la
primera mujer ejecutada en Texas en más de un siglo, pero Bush no mostró contemplación, aún
habiendo recibido una carta del papa Juan Pablo II.
Eso sí, Bush cree a ciegas que en Texas nunca se ejecutó a una persona que no se lo mereciera. Para
convencerse de lo contrario, tendría que mirar a la Florida, el estado que gobierna su hermano Jeb,
donde el pasado invierno, se descubrió que los análisis genéticos de un condenado a muerte, que murió
de cáncer antes de su cita con el verdugo, determinaron que el preso había pasado 11 años en la cárcel
injustificadamente. Se llamaba Frank Lee Smith, y nunca pudo probar su inocencia ante una corte.
En los Estados Unidos, sin embargo, la pena de muerte sigue siendo todavía demasiado popular. El
último sondeo sobre el tema reveló que el 66% de la gente sigue pensando que es un buen método para
castigar a criminales. Pero, en 1984 ese apoyo era del 80%.
Actualmente, en Estados Unidos hay más de 3.600 presos condenados a la pena capital, de los cuales
21 están en el corredor de la muerte por haber violado la legislación federal promulgada por los
presidentes Ronald Reagan y Bill Clinton, por lo que la concesión de la medida de gracia para con estos
presos depende directamente del presidente de la nación, y no del gobernador de un Estado, como es
habitual.
El Caso De Texas
En Texas se ejecuta a más personas que en cualquier otra jurisdicción del mundo occidental. El número
de muertos es sorprendente: de las 74 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos de América en
1997, la mitad tuvieron lugar en Texas, una cifra sin precedentes desde la restauración de la pena de
muerte. Entre la reanudación de las ejecuciones en 1977 y fines de 1997, en Estados Unidos fueron
ejecutados 432 presos en todo el país, de los que la tercera parte (144) lo fueron en Texas.
Aunque en la era moderna 29 estados de la Unión han llevado a cabo una o más ejecuciones, ninguna
otra jurisdicción estadounidense puede rivalizar con la apetencia de homicidios judiciales de Texas. En
este estado se han llevado a efecto más ajusticiamientos que en la suma de los cuatro que le siguen en
cuanto a número de ejecuciones: Virginia (46), Florida (39), Misuri (29) y Luisiana (24).
Pero estas siniestras estadísticas sólo muestran una pequeña parte de la realidad. En cada uno de los
pasos del proceso, la pena de muerte en Texas se revela como una sucesión de procedimientos
judiciales claramente inadecuados que incumplen las normas internacionales mínimas para la protección
de los derechos humanos.
En Texas se está dispuesto a ejecutar a los presos sin garantizar antes que su condena y su sentencia
se atienen a la Constitución de Estados Unidos, para lo que debe agotarse el proceso de apelación. De
los 144 presos ejecutados hasta fines de 1997, 14 se habían negado a recurrir contra sus sentencias y
habían consentido en ser ejecutada.
Amnistía Internacional continúa profundamente preocupada por el bajísimo nivel de asistencia letrada
que se proporciona en los juicios a muchos de los condenados a muerte en Texas. La falta de una
asistencia letrada efectiva durante el juicio se agrava por la falta de disposición de las cortes de
apelaciones a examinar adecuadamente la equidad y constitucionalidad de las condenas y sentencias
de los reos de muerte.
La pena de muerte se aplica de forma racialmente discriminatoria. Las personas acusadas del asesinato
de un blanco tienen más posibilidades de ser condenadas a muerte que en los casos en que la víctima
es negra. De los 144 presos ejecutados en Texas hasta fines de 1997, 127 (el 88%) habían sido
condenados por el asesinato de un blanco. Sin embargo, más de la mitad del total de víctimas de
asesinato en Texas pertenecen a minorías étnicas.
El apoyo de la opinión pública a la pena de muerte en Texas se mantiene firme, lo que socava toda
voluntad política de proporcionar una asistencia letrada gratuita competente y adecuada para los
indigentes juzgados por delitos punibles con la muerte. Esta politización de la pena de muerte se
extiende incluso a la judicatura dado que en Texas los jueces son cargos electivos.
En Texas se carece de un sistema estatal de asistencia letrada gratuita y no existen requisitos de aptitud
para los abogados defensores designados por los tribunales, ni siquiera en los procesos por delitos
punibles con la muerte. Como resultado, los acusados indigentes son representados frecuentemente por
abogados incompetentes o mal remunerados, lo que aumenta enormemente el riesgo de que las
sentencias de muerte recaigan de forma desproporcionada sobre los miembros más pobres de la
sociedad.
Recientemente se han promulgado leyes que pretenden garantizar la designación y financiación de
abogados que representen a presos condenados en los recursos de apelación tras la condena. Sin
embargo, la legislación no establece ningún requisito respecto a la designación de abogados
competentes y a los tribunales les está costando encontrar suficientes abogados para ocupar las
vacantes. En cualquier caso, la Corte de Apelaciones en lo Penal de Texas desestima la mayoría de los
recursos de hábeas corpus tras realizar un examen superficial.
Hasta 1996, la mayoría de las anulaciones de sentencias de muerte en Estados Unidos se produjeron
en las cortes federales, que encontraron defectos en los juicios merecedores de anulación en
aproximadamente el 40% de las apelaciones. Sin embargo, la situación ha cambiado radicalmente
desde la aplicación de una nueva ley federal, la Ley Antiterrorista y de Pena de Muerte Efectiva.
Una de las disposiciones esenciales de la nueva ley exige que los presos condenados cuyas sentencias
hayan sido ratificadas por cortes estatales presenten la apelación ante una corte federal antes de abril
de 1997. La intención de la nueva ley es aumentar el número de ejecuciones mediante la imposición de
plazos de tiempo estrictos para la presentación de recursos de apelación, restringir el acceso de los
presos a las cortes federales y facultar a las cortes estatales para reparar cualquier violación
constitucional. Actualmente, a las cortes federales se les indica que muestren respeto por las
conclusiones de las cortes estatales.
10. Estadísticas.
En 1997 se ejecutó en los Estados Unidos a 74 presos, con lo que se eleva ya a 432 el número total de
ejecutados desde que en 1977 se volvió a implantar la pena de muerte.
A fines de 1997, más de 3.300 presos estaban condenados a muerte.
Actualmente, 38 del los 50 estados de EE.UU. incluyen en su legislación la pena de muerte; la
legislación federal civil y militar de los EE.UU. también establece la pena de muerte.
Estadisticas sobre encuestas de opinión.
Sudáfrica
Según una encuesta realizada en febrero, la pena de muerte se ha convertido en la opción favorita de
los hombres de todas las razas como pena para la violación.
Los datos utilizados para el análisis se recopilaron de varones adultos de 18 años o mayores en las
principales zonas metropolitanas de Sudáfrica. Según Research Surveys, la organización que llevó a
cabo la encuesta, los datos obtenidos se ponderaron con métodos de estadística para hacerlos
totalmente representativos en términos de edad e ingresos.
Los resultados se compararon con los obtenidos en una encuesta similar realizada en 1994.
En 1994, el 35 por ciento de los varones blancos y el 20 por ciento de los negros estaban a favor de
aplicar la pena capital para el delito de violación. En 1997 las cifras eran el 54 y el 35 por ciento,
respectivamente.
En 1994, el 21 por ciento de los hombres blancos y el 17 de los hombres negros consideraban la cadena
perpetua como pena alternativa para la violación. Sin embargo, en 1997, el número de encuestados que
consideraban adecuada esta pena era del 14 por ciento entre los hombres blancos y del 28 por ciento
entre los hombres negros. (Estados Unidos).
Kentucky
Dos encuestas de opinión realizadas en el estado de Kentucky en 1997 indicaban que, de existir la
alternativa, los habitantes de dicho estado preferían la cadena perpetua sin posibilidad de libertad
condicional a la ejecución.
Una encuesta efectuada en todo el estado mostró que el 66 por ciento de los encuestados estaban a
favor de la pena de muerte.
Sin embargo, el apoyo se reducía al 35 por ciento cuando a los encuestados se les ofrecía la posibilidad
de cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional unido a que el preso indemnizase a la familia
de la víctima.
En otra encuesta, 113 personas que habían integrado jurados en causas por delitos punibles con la
muerte fueron encuestadas sobre su actitud hacia esta pena.
Para ser jurado en un caso capital, el candidato debe declarar que está dispuesto a imponer la pena de
muerte.
A pesar de haber hecho esa declaración, el 60 por ciento declaró que preferían la alternativa de cadena
perpetua sin posibilidad de libertad condicional.
Cuando se añadía la cláusula sobre la indemnización a la familia de la víctima, la cifra ascendía al 70
por ciento.
En el próximo periodo de sesiones de la Asamblea General de Kentucky en 1998 se examinarán
propuestas legislativas que piden la cadena perpetua sin libertad condicional como alternativa a la pena
capital.
Estadísticas de resultados.
Ejecuciones registradas en todo el mundo por años 19801997.
Año
Ejecuciones
Condenas
Cantidad de paises
1980
29
1.229
1981
34
3.278
1982
42
1.609
1983
39
1.399
1984
40
1.513
4
78%
1985
44
1.125
3
66%
1986
39
743
3
56%
1987
39
769
3
59%
1988
35
1.903
3
83%
1989
34
2.229
3
85%
1990
26
2.029
4
84%
1991
32
2.086
2
89%
1992
35
1.708
2
82%
1993
32
1.831
1
77%
1994
37
2.331
3
87%
1995
41
3.276
3
85%
1996
39
4.272
4
92%
1997
40
2.375*
3
80%
* Los datos limitados de que se disponía a fines de año indican que éste es el número mínimo de
personas ejecutadas. Se cree que las cifras reales son muy superiores. Este total podría modificarse si
se recibiera nueva información.
Estadística de países abolicionistas.
Número de países abolicionistas a finales de año 1980 1997.
Año
Número de países abolicionistas
para todos los delitos
Número de países abolicionistas
en el derecho o en la práctica
1981
27
63
1982
28
63
1983
28
64
1984
28
64
1985
29
64
1986
31
66
1987
35
69
1988
35
80
1989
39
84
1990
46
88
1991
46
83
1992
50*
84
1993
54*
90
1994
56*
97
1995
57*
101
1996
59*
100
1997
61
102
* Se han modificado las cifras para 1992-1996, según aparecían en Abolición de la pena de muerte en
todo el mundo: Novedades de 1996, para que reflejen la abolición total de la pena de muerte producida
en Paraguay en 1992.
11. La pena de muerte por asfixia en la Inquisición.
De esta forma, los reos relajados, miembros corruptos del cuerpo de Cristo, víctimas contaminadas de
herejía, debían ser quemados, disgregados, separados sus componentes de forma que no pudieran
volver a ser en el otro mundo, cualquiera que éste fuese. Con esto se erradicaba la simiente del mal.
Entre las llamas del chivo expiatorio, escogido por el conjunto de la sociedad para expiar sus propias
culpas, consumaba la transferencia del mal, eliminándolo y permitiéndole al conjunto de la sociedad salir
purificado.
"El conjunto de la sociedad"; es lo que no hay que tener en cuenta, a menos que se tome como objetivo
para destruirla; luego, no quedará sino esperar que no vuelva a producirse nada que se parezca al
"conjunto de la sociedad".
MICHEL FOUCAULT
La Comunidad Religiosa.
La procesión del Auto de Fe. Joaquín Sorolla y Bastida.
Sevilla. Postales de la Colección de J. W. Chester,
pertenecientes al archivo de María Victoria Uribe.