5- Teoría del Bien Jurídico: Funciones
Detrás de toda ley penal que enuncia un supuesto de hecho tipo penal- existe un
necesario y fuerte soporte normativo, que busca determinar comportamientos humanos, a
través de mandatos y prohibiciones. Es la ley la que al asignar la amenaza de una pena si se
realiza un determinado comportamiento, está ordenado o prohibiendo determinadas
conductas humanas.
Se amenaza con el castigo a quien realice el supuesto de hecho, porque ha violado la
norma de comportamiento ético-social que el derecho ha enarbolado o ha constituido como
norma jurídica; de allí que la interpretación del tipo penal debe estar guiada y orientada por
el alcance y contenido de la norma prohibitiva (no mataras a tu prójimo) que esté dispuesto
de hecho expresa.
Contenido y significado de la norma, estarán condicionados por la efectiva
vulneración del interés que el orden jurídico ha elevado como ente digno de protección
jurídico penal.
Desprender, separar, fragmentar la descripción formas del supuesto de hecho (tipo Penal,
de la consideración normativa y axiológica que expresa la norma penal para proteger un
determinado interés (bien Jurídico) convierte al acto de poder punitivo en un puro arbitrio
de fuerza, ciego de valor ético social, que ha decidido proteger el derecho positivo.-