principal integradora, orientaciones metodológicas precisas, encaminadas al mejor
desenvolvimiento de las distintas unidades docentes, para que a su vez estas, tengan
herramientas para darle un enfoque personológico a la labor docente que realizan.
El proceso educativo debe evitar los procedimientos generales e igualitaristas, tratando de
diferenciar la acción del profesor sobre la base de las características del educando, así como
desarrollar la interacción comunicativa, sana y personalizada entre ellos, enfatizando en el
desarrollo de motivaciones hacia la autonomía, la autorrealización y la creatividad de los
alumnos (F. González y A. Mitjáns, 1989). Partiendo de estos criterios, más que aceptados,
se aprecian, en la ejecución, hoy, de la disciplina principal integradora, la necesidad de
enfatizar en el desarrollo de motivaciones hacia la autonomía, la autorrealización y la
creatividad de los alumnos, cuestión esta en la que se presentan dificultades pues,
generalmente el profesional enseña su actuar, y no diferentes modos de hacer, lo que
naturalmente no ayuda al desarrollo de las habilidades que se pretenden.
El análisis del principio de la unidad de lo Cognitivo y lo Afectivo, descubre también algunas
verdades, en relación con el problema antes planteado, que debemos citar.
Según este principio la obtención simple del conocimiento no implica automáticamente su
manifestación conductual, sino solo cuando resulta relevante para la personalidad en su
reflejo afectivo-volitivo. Por eso se dice que las operaciones cognitivas tienen que ser
portadoras de un contenido emocional favorable. De manera general en las universidades
cubanas la práctica laboral de la carrera de Derecho no tiene un diseño preestablecido en los
planes de estudio, sino que en cada centro se elaboran sistemas de habilidades que el
alumno debe desarrollar en la misma, dándole al proceso un marcado carácter conductista.
En esta elaboración no se tienen en cuenta los gustos, intereses, motivos y necesidades de
los educandos, por lo que toda la parte afectiva queda al margen del proceso docente
educativo. Esto explica por qué, en ocasiones, los alumnos no sienten la motivación
necesaria para cumplir con esta actividad. Es necesario crearles conocimientos, hábitos y
habilidades que faciliten la consecución de los objetivos planteados en cada práctica
preprofesional, sobre la base de sus intereses, motivos y necesidades, y que regule sus
conductas, acorde a lo deseado por la institución y la sociedad.
Un tercer principio nos lleva a la unidad de la Actividad con la Comunicación. En la ejecución
de la práctica laboral o disciplina principal integradora, que sería la actividad a realizar, la
comunicación entre las personas juega un papel determinante. Como ya se dijo, el alumno
no solo interactúa con su profesor universitario, sino también con otros profesionales que
ejercen el derecho. En la medida que sea mayor y más eficiente esa comunicación, mejor se
cumplen los objetivos de la actividad. No es la comunicación una de las debilidades del
jurista promedio, todo lo contrario, mas esta circunstancia no puede hacer confiar en que
Actividad y Comunicación van siempre de la mano en las prácticas laborales de la carrera de
Derecho, la dificultad quizá estriba en la calidad de esa actividad.
En la actualidad el Humanismo como corriente psicológica que ha ejercido influencia en el
campo de la Psicología de la Educación, domina la realización de las prácticas
preprofesionales en el mundo entero; el Humanismo pone como categoría rectora al método.
Su concepción de libertad lastra el colectivismo y el carácter dirigido del proceso educativo.
Pero sus aportes no son menores. Esta corriente refiere a que es en el contacto con otro
donde el hombre forma su personalidad, rescata de esta última sus potencialidades
creadoras y busca en el individuo lo mejor de sí, lograr su crecimiento y autorrealización. Es
precisamente ese uno los fines de estas líneas; que los estudiantes sean capaces, no solo
de adueñarse de las habilidades prácticas imprescindibles para su labor postgraduada, sino
de crearse un criterio propio, y sea a su vez capaz de ir más allá del Derecho Positivo, y
hacer del ejercicio del derecho una labor creadora.
Una de las opiniones más generalizadas de los alumnos universitarios es el: para qué hago
esto, o estudio esto si no lo voy a utilizar. Más allá de que cuando se dan estas opiniones,
hay que hurgar en la orientación del objetivo, como rector del proceso docente educativo,
en este contexto la práctica laboral puede jugar un papel determinante para responder al
alumno. Claro está que no se puede dejar todo a un solo elemento; si desde distintos
ángulos se realizan acciones para enfrentar este problema, se tendrán más posibilidades de
éxito.
El estudiante universitario desea ver la salida práctica que le va dar a los conocimientos que
adquiere en las aulas, sin dudas es uno de sus intereses más marcados. Una práctica
laboral bien concebida, puede llevar los intereses profesionales de los educandos al nivel
superior que plantea V. González, y alejarlos a su vez de las motivaciones extrínsecas que
pudieran existir (graduarse, aprobar o ejercer una profesión de valor social) y que de hecho
existen.
Este nivel superior sería medible a través de indicadores motivacionales tales como:
El nivel reflexivo en torno a los problemas relativos al ejercicio de la profesión.
La posición activa en la búsqueda de información profesional.
La realización de esfuerzos volitivos en la realización de tareas complejas de contenido
profesional.
La creatividad y autodeterminación en la solución de problemas inherentes a la práctica
profesional.
Una de las posibles causas del problema es, sin lugar a dudas, el nivel de motivación
profesional, basado en motivaciones extrínsecas, del estudiante de la carrera de Derecho,
esto hace que no le preste la debida importancia e interés a algo tan valioso en su formación
como la disciplina principal integradora. La búsqueda del interés profesional, por ende, de la
motivación profesional, y de darle a esta disciplina un enfoque personológico es una de estas
aristas.
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